Segunda vuelta: Este domingo vence el plazo para las excusas de los jurados


Este domingo 28 de septiembre vence el plazo para que las personas que fueron sorteadas como jurados puedan excusarse de participar en la segunda vuelta, prevista para el próximo 19 de octubre.
El plazo de excusa empezó el lunes 22 de septiembre y el trámite se puede realizar de forma presencial o vía virtual por la plataforma https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo.
En Santa Cruz
El vicepresidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, Miguel Callejas, informó que hasta este viernes, más de 2.000 personas presentaron sus excusas.
“Estamos ya en el quinto día de recepción de excusas, van a ser atendidos hasta el domingo 28, ya se tiene un total de 2.099 excusas recibidas de los ciudadanos y ciudadanas que no pueden cumplir este rol, que es muy importante”, explicó.
En Tarija
En Tarija, el Tribunal Electoral Departamental (TED) recibió 457 solicitudes de excusa presentadas de manera virtual y presencial. De ellas, 190 ya fueron aceptadas.
Entre las causales más frecuentes se encuentran el estado de gestación, personas con hijas o hijos lactantes menores de dos años y ciudadanos con problemas de salud.
Las solicitudes pueden gestionarse de dos maneras: de forma presencial: en las oficinas del TED Tarija, ubicadas en la calle Ingavi Nro. 475, entre las calles General Trigo y Campero.
De manera virtual: a través de la Plataforma Ciudadana Digital del Órgano Electoral Plurinacional (https://plataforma-ciudadana.oep.org.bo).
En ambos casos es obligatorio presentar la cédula de identidad vigente y los documentos que justifiquen la causal invocada. La respuesta del trámite se comunica en un plazo de 24 a 48 horas por el mismo medio en el que se inició la gestión.
A tomar en cuenta
De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de Elecciones Generales 2025, las causales de excusa comprenden: Enfermedad debidamente comprobada; estado de gravidez certificado; fuerza mayor o caso fortuito; ser candidato o candidata; ejercer funciones como dirigente de una organización política; prestar un servicio público o privado indispensable el día de la elección; tener más de 60 años de edad; o tener bajo su dependencia a una persona con discapacidad o a un menor en periodo de lactancia de hasta dos años.
